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El Departamento Social, a cargo de la Lic. María Soledad Cánepa, tiene como función principal brindar asesoramiento acerca del Programa Médico Obligatorio (P.M.O.) y la Ley 24.901 (sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad).
El P.M.O. es el conjunto de prestaciones básicas a las que tiene derecho todo beneficiario de la Seguridad Social. Es un conjunto de servicios de carácter obligatorio como piso prestacional por debajo del cual ninguna persona debería ubicarse en ningún contexto.
Una de las leyes que constituye el P.M.O. es la Ley 24.901. La misma instituye un sistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, contemplando acciones de prevención, asistencia, promoción, y protección, con el objeto de brindarles una cobertura integral a sus necesidades y requerimientos.
Las Obras Sociales y Pre-Pagas tienen a su cargo la cobertura total y obligatoria de las prestaciones básicas enunciadas en la Ley 24.901.
El Implante Coclear se encuentra dentro del P.M.O., por lo que es obligación para las Obras Sociales y Pre-Pagas cubrir el 100% del costo del mismo (cirugía, dispositivo electrónico, calibraciones, rehabilitación requerida, etc).
El Centro de Implantes Cocleares concibe el acceso al Implante Coclear como un Derecho de las personas con hipoacusia.
La persona con discapacidad auditiva tiene derecho a elegir con que médico desea ser operado. El médico debe indicar el equipo electrónico que él cree el más conveniente para ser implantado a dicha persona.
Otra de las funciones del Departamento Social es acompañar y asesorar a los pacientes en el trámite de solicitud y aprobación del implante coclear por las Obras Sociales y Pre-Pagas.
Lic. Belén Fitó